martes, 7 de octubre de 2008

una demanda en administrativo

Señor
Juez administrativo de Neiva (reparto)
Neiva

Ref. Demanda en acción de nulidad y restablecimiento del derecho
Demandante: Camilo Ramírez
Demandado: Municipio de Neiva
Acto demandado: Resolución número 10752 de 20 de julio de 2008.


Luis Gabriel Contreras Toquica, mayor de edad, domiciliado y residente en Neiva, identificado con la cédula de ciudadanía Nº 1075228302 de Neiva, abogado, con tarjeta profesional Nº 55472287 presento a ustedes el poder que me ha otorgado el señor Camilo Ramírez, quien es mayor de edad, domiciliado y residente en Neiva, identificado con la cédula de ciudadanía Nº 74.228.356, según consta en el poder que anexo, en el ejercicio de la acción de nulidad y restablecimiento del derecho, realizo ante ustedes la siguiente demanda:

1.- PARTES
1.1.- Parte demandante:
Es Camilo Ramírez, mayor de edad, identificado con la cedula de ciudadanía No. 74.228.356 de Garzón, con domicilio en Neiva.
1.2.- Parte demandada:
Lo es el Municipio de Neiva- Alcaldía de Neiva, representado por Héctor Aníbal Ramírez, mayor de edad, domiciliado en Neiva o quien haga sus veces, de acuerdo con lo establecido en el articulo 149 del código contencioso administrativo.
1.3.- Agente del ministerio publico:
De conformidad con Art. 207 de CCA. Téngase al procurador judicial ante este tribunal como parte.

2. PRETENSIONES

Solicito que se hagan las siguientes o similares declaraciones o condenas

2:1 que se declare nula la resolución N°10752 de 20 de julio del 2008. Expedida por la alcaldía de Neiva mediante el cual se declaro insubsistente, así como la resolución Nº 1589de 25 de agosto del 2008 que falló desfavorablemente el recurso interpuesto contra dicha sanción de destitución.

2.2 que como consecuencia de la anterior declaración, a titulo de restablecimiento del derecho se ordene al municipio de Neiva, a reintegrar al señor Camilo Ramírez , al mismo cargo que se venia desempeñando, en idénticas condiciones a la que tenia al momento de su desvinculación o en otro de igual a superior categoría.

2.3 que se condene a la entidad demanda a titulo de restablecimiento del derecho, al pago de los salarios, primas, reajustes o aumentos de sueldo y demás emonumentos salariales que el demandante dejo de recibir, desde la fecha de su vinculación y hasta que se produzca el reintegro efectivo.

2.4 pare efectos de prestaciones sociales y de la ley en general se declarara que no ha existido solución de continuidad en la prestación del servicio por parte del empleado que demanda.

2.5 que se ordene el cumplimiento de la sentencia dentro del termino establecido por el Art. 176 y con los ajustes contemplados en el Art. 178 del CCA.

3. HECHOS

3.1 El demandante presto sus servicios a la alcaldía de Neiva, siendo su ultimo cargo el de Técnico en archivo, del cual tomo posesión el día17 de Abril del 2006, según el acta de posesión 6589.

3.2 El actor fue inscrito en carrera administrativa mediante resolución Nº 4577.

3.3 La alcaldía de Neiva, mediante el acto demandado declaro insubsistente al demandante con desconocimiento absoluto de las normas de carrera administrativa.

3.4 Dicho acto le fue comunicado al demandante el día 20 de Febrero del 2008 ,

3.5 A mi poderdante no se le hizo entrega de copia autentica del acto que lo desvinculo.

4. FUNDAMENTOS DE DERECHO

En derecho me fundamento en el Art.125 de la constitución política. Art.32 y 31 de la ley 909 del 2004.

5. CONCEPTO DE VIOLACION

5.1 primer cargo: violación de normas superiores a la cual a debido sujetarse el acto:

5.1.1. Por violación de la constitución política.
El articulo 125 de la constitución política preceptúa: los empleados de los órganos y entidades son de carrera, se exceptúa los de elección popular, los de libre nombramiento y remoción los de trabajadores oficiales y los demás que determine la ley.

5.1.2 por violación de la ley 909 del 2004, que exige motivación para la declaración de insubsistencia, que no se encuentra en la resolución que declaró la insubsistencia de mi poderdante.

5.2 segundo cargo: desviación de poder: Mi poderdante fue declarado insubsistente por motivos políticos, no le intereso el bien de la función pública, la resolución no fue motivada, y esa declaración lo hizo por sus compromisos políticos.


6. PRUEBAS

Solicito se decrete y tenga como tales las siguientes

6.1 Documentales

6.1.1 copia de los actos administrativos que se demandan en copia simple y sin autenticar por eso la razón de la petición previa

6.1.2 copia autentica del acta de posesión

6.1.3 certificado sobre el tiempo de servicio y asignación mensual del actor.

6.1.4 resolución 4577, por el cual se inscribe en carrera administrativa al demandante.


6.2 testimoniales

Solicito se sirva a citar a las siguientes personas:

Marcela caviedes, que reside en Neiva, quien declara sobre los antecedentes laborales y profesionales del demandante en el ejercicio de sus funciones.






6.3 informes del jefe de la dependencia

De conformidad con el articulo 199 del Código de Procedimiento Civil, solicito se pida al jefe de la dependencia demandada y nominador de los actos impugnados exprese o manifieste las razones o motivos de su expedición.

7. COMPETENCIA

De conformidad con el Art.134 B # 1, dada la naturaleza del acto demandado, el domicilio de la parte demandada, el lugar donde se prestó el servicio, el juzgado es competente.

8. CUANTÍA RAZONADA E INSTANCIA

La cuantía para efectos de determinar la competencia asciende a la suma de Diez millones de pesos, por lo que el proceso es de doble instancia correspondiéndole al juzgado conocer de la primera.

Las razones del valor de la cuantía son las siguientes:

Valor del último salario devengado 3 millones
Valor prima de servicio proporcional 2 millones
Valor prima de navidad proporcional 3 millones
Valor vacaciones proporcional 2 millones
Valor reclamado desde que se desvinculo al actor hasta la fecha de presentación de ña demanda 3 millones

9. PETICIÓN ESPECIAL

Con fundamento en el Art. 139, del Código Contencioso Administrativo, y teniendo en cuenta que no me fueron expedidas copias de los actos acusados, pese a haberlos pedido, circunstancia que afirmo bajo juramento solicito se oficie a la alcaldía de Neiva, ubicada en Neiva, con el fin de que se remita fotocopia debidamente autenticadas, con constancia de notificación de la resolución 10752 de 20 de julio del 2008.

10. PROCEDIMIENTO

Es el proceso ordinario establecido en título xxiv, Art. 206 y ss del Código Contencioso Administrativo.







11. ANEXOS

Con la presente demanda estoy anexando

los documentos que se enuncian en el acápite de pruebas como documentales
el recurso que agota la vía gubernativa
el poder
copias de la demanda para el traslado a la entidad demandada, para el agente de ministerio público y para archivo del tribunal.

12 notificaciones

12.1 el demandante:
Recibe notificaciones personales en la calle 39-76, de esta ciudad.

12.2 el demandado: recibe notificaciones personales en la calle 20c # 89-17 de esta ciudad.

12.3 el suscrito: recibe notificaciones personales en la secretaría del tribunal, o en mi oficina ubicada en Cra 7-62, de esta ciudad.

12.4 agente de ministerio público: se le notifica en su oficina ubicada en Neiva, de esta ciudad.








Atentamente


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LUIS GABRIEL CONTRERAS TOQUICA
Apoderado
TP Nº 55472287

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